SCJN ordena juzgar desapariciones de mujeres defensoras con perspectiva de género
El pleno de la Suprema Corte determinó que es obligatorio aplicar el enfoque de género e interseccionalidad en casos de desaparición de activistas.

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió una resolución histórica al establecer que los procesos judiciales relacionados con la desaparición de mujeres defensoras de derechos humanos deben ser analizados obligatoriamente bajo una perspectiva de género e interseccionalidad. Esta decisión judicial subraya que la labor de defensa de derechos, sumada a la condición de género de las víctimas, exige a las fiscalías y tribunales una diligencia reforzada durante las investigaciones.
La sentencia determina que juzgar con este enfoque no constituye una opción para las autoridades judiciales, sino un mandato constitucional esencial para garantizar el acceso a la justicia. De acuerdo con el criterio del máximo tribunal, las autoridades deben considerar las vulnerabilidades específicas y los contextos de riesgo que enfrentan las mujeres que defienden causas sociales, los cuales suelen ser distintos a los de otros grupos poblacionales.
El fallo destaca que, en casos de desaparición, el análisis debe contemplar cómo el género y otros factores sociales influyen en los patrones de violencia. La SCJN enfatizó que los operadores de justicia deben evitar la revictimización y asegurar que las líneas de investigación contemplen la labor de defensa de la víctima como un factor determinante para esclarecer los hechos y localizar a las personas desaparecidas.
Esta resolución busca transformar la manera en que la Fiscalía General de la República y las fiscalías estatales integran las carpetas de investigación. El objetivo es que los funcionarios abandonen criterios neutrales que, en la práctica, invisibilizan los riesgos diferenciados que enfrentan las mujeres en México, permitiendo que la justicia sea más efectiva ante la crisis de desapariciones que afecta a diversos sectores de la sociedad civil.
La Suprema Corte concluyó que la falta de este enfoque en los procesos judiciales representa una barrera estructural para la verdad y la justicia. Con este precedente, se abre la puerta para que los familiares y representantes legales exijan la revisión de procedimientos donde no se haya valorado adecuadamente la condición de defensora de las víctimas, reforzando la protección hacia quienes realizan labores de defensa en el país.
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